Marruecos suprime la obligación de visado para los ciudadanos albaneses a partir del 15 de agosto de 2026
A partir del 15 de agosto de 2026, Marruecos suprimirá la obligación de visado para los ciudadanos albaneses que viajen al país para estancias de corta duración. El Ministerio de Asuntos Exteriores de Albania ha confirmado que ha sido informado de esta decisión por la embajada marroquí con sede en Roma, competente para Albania. La duración máxima exacta de la estancia que se permitirá en virtud de la nueva normativa aún no se ha especificado con detalle en el comunicado oficial.
Hasta esa fecha, los ciudadanos albaneses con pasaporte ordinario necesitaban, por regla general, un visado para entrar en Marruecos. Se aplicaba una excepción a determinados viajeros que ya dispusieran de un permiso de residencia válido de un país de la UE, de EE. UU., Australia, Canadá, el Reino Unido, Japón, Noruega, Nueva Zelanda o Suiza, con una validez restante de al menos 180 días; estos podían solicitar, bajo determinadas condiciones, un visado electrónico (e-Visado). También tenían derecho a ello los titulares de determinados visados de entradas múltiples con una validez restante de al menos 90 días, expedidos por un Estado del espacio Schengen, Estados Unidos, Australia, Canadá, Reino Unido, Irlanda o Nueva Zelanda.
El visado electrónico anterior para Marruecos estaba destinado a fines turísticos y de negocios, tenía una validez de hasta 180 días desde su expedición y permitía una estancia de hasta 30 días. Los viajeros que no cumplían los criterios de admisión mencionados para el procedimiento electrónico debían presentar la solicitud de visado habitual por la vía tradicional, un proceso que a menudo suponía una carga adicional en cuanto a tiempo y documentación.
La actual supresión de la obligación de visado cumple un compromiso que Marruecos y Albania ya habían adquirido en marzo de 2025. Tras una reunión de los ministros de Asuntos Exteriores de ambos países celebrada el 1 de marzo de 2025, Rabat y Tirana anunciaron en una declaración conjunta la introducción de facilidades recíprocas de viaje para estancias de corta duración. Con su entrada en vigor el 15 de agosto de 2026, este proyecto se hace ahora realidad.
Los viajeros a los que esta nueva normativa no afecte directamente —por ejemplo, porque tengan otra nacionalidad o tengan previsto una estancia más prolongada o otros fines, como el trabajo o los estudios— seguirán estando obligados a solicitar el visado correspondiente para Marruecos. Nos encargamos, para clientes de distintos países, de la verificación completa de los requisitos, así como de la recopilación y presentación de la documentación necesaria, para que la solicitud se tramite sin problemas y sin retrasos innecesarios.
Quienes deseen obtener una visión general de las opciones disponibles encontrarán en nuestro resumen de todos los tipos de visados las categorías adecuadas para los distintos motivos de viaje. A continuación, los interesados pueden presentar cómodamente la solicitud a través de nuestro formulario de solicitud de visado, donde se recogen de forma centralizada todos los datos necesarios.
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